A manera de epílogo:
LA
IGLESIA DEL VATICANO II YA NO
CREE:
Scelésta turba clámitat
Regnare Christum nólunms:
Te nos ovantes omnium
Regem supremun dícimus.
(Estrofa 2)
Te natiónum Praésides
Honoretollanpúblico
Colant
magistri, júdices
Leges
et artes exprimant
(Estrofa
6)
Submíssa
regum fúlgeant
Tibi
dicáta insignia
Mitíque
sceptro pátriam
Domásque subde cívium
(Estrofa 7)
Una turba criminal
vocifera
"¡No queremos que reine Cristo!"
Pero nosotros con
nuestras ovaciones,
te proclamamos Rey supremo.
(Estrofa 2)
A ti los que mandan en
las naciones
te ensalcen con
públicos honores,
te honren los maestros y los jueces,
te reproduzcan las leyes y las artes.
(Estrofa 6)
Las insignias regias,
sumisas
a Ti se dediquen;
y somete a tu suave
cetro la patria
y las casas de los
ciudadanos.
(Estrofa 7)
Estrofas
deformadas o suprimidas integralmente del himno de Primeras
Vísperas de la fiesta de Cristo Rey en el
"Oficio Divino". "Ex
decreto sacrosancti oecumenici Concilii Vaticani II instauratum, auctoritate
Pauli P. P. VI pro-mulgatum".
Una lectura atenta de los textos
León
XIII
Immortale Dei (P.I.N. 143-144).
1) Condenación del racionalismo individualista
indiferentista y del indiferentismo y del monismo del Estado.
"... todos los hombres como se entiende que son
de una misma especie y naturaleza, así también son iguales en su acción vital,
siendo cada uno tan dueño de sí mismo que de ningún modo está sometido a la
autoridad de otro, que puede pensar de cualquier cosa lo que se le ocurra y
obrar libremente lo que se le antoje..."
"y como se afirma que el pueblo contiene en sí
la fuente de todo poder, síguese lógicamente que el Estado no se crea deudor de
Dios en nada, ni profese oficialmente ninguna religión. . . sino que deba
conceder a todas ellas igualdad de derechos..."
2)
Consecuencia: el derecho de la
libertad religiosa del Estado.
"el Estado debe conceder igualdad de derechos
(a todas las religiones) a fin de que el Estado no sufra de ellas ningún daño.
Lógico será dejar al arbitrio de cada uno lo que se refiere a religión,
permitiéndole que siga la que prefiera o ninguna en absoluto cuando ninguna le agrada."
3) Consecuencia de este "derecho nuevo": ataque al Derecho
público de la Iglesia.
"Admitidos estos principios que frenéticamente
se aplauden hoy día, fácilmente se comprenderá a qué situación más inicua se
empuja a la Iglesia.
"Pues, donde quiera la actuación responde a
tales doctrinas, se coloca al catolicismo en pie de igualdad con sociedades que
son distintas a ella o aún se lo relega a un sitio inferior a ellas; ..
.obran, en fin, de tal modo respecto a la Iglesia que, negándole la naturaleza
y los derechos de una sociedad perfecta la ponen en el mismo nivel de las
otras sociedades que existen en el Estado."
Pío IX
Quanta Cura (P.I.N. 39-40).
1)
Denuncia del naturalismo y de su aplicación al Estado.
"...
Hoy no faltan hombres que aplicando a la sociedad civil el impío y absurdo
principio del naturalismo se atreven a enseñar que el mejor orden de la
sociedad pública y el progreso civil demandan imperiosamente que la sociedad
humana se constituya y se gobierne sin que tenga en cuenta la religión como si
no existiese; o por lo menos, sin hacer ninguna diferencia entre la verdadera
Religión y las falsas."
2) Consecuencia: el derecho de la libertad
religiosa del Estado.
"Además, contradiciendo la doctrina de ln
Escritura, de la Iglesia y de los Santos Pudres, no dejan de afirmar que el
mejor gobierno es aquel, en el que no se reconoce al poder la obligación de
reprimir por la sanción de las penas a los violadores de la Religión católica,
a no ser que la tranquilidad pública lo exija..."
Y: "que la libertad de conciencia y de cultos
es un derecho libre de cada hombre, que debe ser proclamado y garantizado en
toda sociedad bien constituida..."
1)
Consecuencia de
este "derecho nuevo": ataque a la Iglesia.
Pío IX denuncia la última "opinión" citada aquí
en (2)
como:
"opinión
errónea, funesta al máximo para la Iglesia Católica y la salvación de las al
mas."
No
dice nada más, pero agrega luego que todo eso acaba en:
"poner
a la religión en un apartamiento de la sociedad."
Conclusión: el "derecho nuevo", ese "derecho a la
libertad religiosa en el Estado" ha sido condenado por esos dos Papas
(León XIII
y Pío IX) porque tiene por consecuencia o, hasta por
corolario inmediato, el ataque al Derecho público de la Iglesia; y, de ningún
modo, en razón de su motivación histórica del momento, a saber, el racionalismo
individualista y el monismo estático.