miércoles, 2 de abril de 2014

LAS RAZONES DE MONSEÑOR LEFEBVRE (continuación) (6)


Monseñor Marcel Lefebvre



A manera de epílogo:

LA IGLESIA DEL VATICANO II YA NO CREE:

Scelésta turba clámitat
Regnare Christum nólunms:
Te nos ovantes omnium
Regem supremun dícimus.
(Estrofa 2)

Te natiónum Praésides
Honoretollanpúblico
Colant magistri, júdices
Leges et artes exprimant
(Estrofa 6)

Submíssa regum fúlgeant
Tibi dicáta insignia
Mitíque sceptro pátriam
Domásque subde cívium
(Estrofa 7)



Una turba criminal vocifera
 "¡No queremos que reine Cristo!"
Pero nosotros con nuestras ovaciones,
 te proclamamos Rey supremo.
(Estrofa 2)

A ti los que mandan en las naciones
te ensalcen con públicos honores,
 te honren los maestros y los jueces,
 te reproduzcan las leyes y las artes.
(Estrofa 6)

Las insignias regias, sumisas
a Ti se dediquen;
y somete a tu suave cetro la patria
y las casas de los ciudadanos.
(Estrofa 7)


Estrofas deformadas o suprimidas integralmente del himno de Primeras
 Vísperas de la fiesta de Cristo Rey en el "Oficio Divino". "Ex decreto sacrosancti oecumenici Concilii Vaticani II instauratum, auctoritate Pauli P. P. VI pro-mulgatum".


Una lectura atenta de los textos


León XIII
Immortale Dei  (P.I.N. 143-144).

1) Condenación del racionalismo individua­lista indiferentista y del indiferentismo y del monismo del Estado.

"... todos los hombres como se entiende que son de una misma especie y naturaleza, así también son iguales en su acción vital, siendo cada uno tan dueño de sí mismo que de ningún modo está sometido a la autori­dad de otro, que puede pensar de cualquier cosa lo que se le ocurra y obrar libremente lo que se le antoje..."

"y como se afirma que el pueblo contiene en sí la fuente de todo poder, síguese lógicamente que el Estado no se crea deudor de Dios en nada, ni profese oficialmente nin­guna religión. . . sino que deba conceder a todas ellas igualdad de derechos..."

2)  Consecuencia: el  derecho de la libertad religiosa del Estado.

"el Estado debe conceder igualdad de de­rechos (a todas las religiones) a fin de que el Estado no sufra de ellas ningún daño. Lógico será dejar al arbitrio de cada uno lo que se refiere a religión, permitiéndole que siga la que prefiera o ninguna en abso­luto cuando  ninguna le agrada."

3)  Consecuencia de este  "derecho nuevo": ataque al Derecho público de la Iglesia.

"Admitidos estos principios que frenética­mente se aplauden hoy día, fácilmente se comprenderá a qué situación más inicua se empuja a la Iglesia.

"Pues, donde quiera la actuación responde a tales doctrinas, se coloca al catolicismo en pie de igualdad con sociedades que son dis­tintas a ella o aún se lo relega a un sitio in­ferior a ellas; .. .obran, en fin, de tal modo respecto a la Iglesia que, negándole la na­turaleza y los derechos de una sociedad per­fecta la ponen en el mismo nivel de las otras sociedades que existen en el Estado."


Pío IX
Quanta Cura   (P.I.N. 39-40).

1) Denuncia del naturalismo y de su aplica­ción al Estado.
"... Hoy no faltan hombres que aplican­do a la sociedad civil el impío y absurdo principio del naturalismo se atreven a ense­ñar que el mejor orden de la sociedad pú­blica y el progreso civil demandan imperio­samente que la sociedad humana se consti­tuya y se gobierne sin que tenga en cuenta la religión como si no existiese; o por lo menos, sin hacer ninguna diferencia entre la verdadera Religión y las falsas."
2)  Consecuencia: el derecho de la libertad religiosa del Estado.

"Además, contradiciendo la doctrina de ln Escritura, de la Iglesia y de los Santos Pu­dres, no dejan de afirmar que el mejor go­bierno es aquel, en el que no se reconoce al poder la obligación de reprimir por la sanción de las penas a los violadores de la Religión católica, a no ser que la tranquili­dad pública lo exija..."

Y: "que la libertad de conciencia y de cul­tos es un derecho libre de cada hombre, que debe ser proclamado y garantizado en toda sociedad   bien   constituida..."

1)    Consecuencia  de  este  "derecho  nuevo": ataque a la Iglesia.

Pío IX denuncia la última "opinión" ci­tada aquí en  (2)  como:

"opinión errónea, funesta al máximo para la Iglesia Católica y la salvación de las al mas."

No dice nada más, pero agrega luego que todo eso acaba en:

"poner a la religión en un apartamiento de la sociedad."

Conclusión: el "derecho nuevo", ese "derecho a la libertad religiosa en el Estado" ha sido condenado por esos dos Papas (León XIII y Pío IX) por­que tiene por consecuencia o, hasta por corolario inmediato, el ataque al De­recho público de la Iglesia; y, de ningún modo, en razón de su motivación histórica del momento, a saber, el racionalismo individualista y el monismo estático.