Santo Tomás de Aquino |
“(…) para
evitar los errores, fuente y cabeza de todas las miserias de estos tiempos, hay
que ser fieles, hoy más que nunca, a la doctrina del aquinatense. Pues
totalmente destruye Santo Tomás los errores modernistas en cualquiera de sus
manifestaciones; en la Filosofía, defendiendo la virtud y el poder de la razón,
y con pruebas firmísimas demostrando la existencia de Dios; en la Dogmática,
distinguiendo lo sobrenatural de lo natural, e ilustrando las razones del creer
y los mismos dogmas; en lo demás de la Teología, patentizando que las cosas que
se creen por la fe no se fundan en la opinión, sino en la verdad; en
Hermenéutica, estableciendo la noción genuina de la divina inspiración; en la
Moral, en la Sociología, en el Derecho, enseñando los verdaderos principios de
la justicia legal o social, conmutativa o distributiva, y explicando las
relaciones entre la justicia y la caridad; en la Ascética, describiendo la
perfección de la vida cristiana e impugnando adversarios de las Órdenes
Religiosas contemporáneos suyos. Finalmente contra aquella absoluta
independencia de la razón respecto a Dios, de que hoy vulgarmente se blasona,
el nuestro afirma los derechos de la Verdad primera y la autoridad del Supremo
Señor sobre nosotros. Sobradamente se explica con esto porqué los modernistas a
ningún otro Doctor de la Iglesia temen tanto como a Tomás de Aquino.”
Pío XI, carta Encíclica
“Studiorum ducem”, 29 de junio de 1923.
“Finalmente, en el 1917 aparece oficialmente
promulgado y aprobado por S. S.
Benedicto XV el Código de derecho
canónico, que no contiene consejos,
sino leyes. Como ley se impone a los
profesores la obligación de enseñar a los alumnos de filosofía racional y de
teología acomodándose al método, la doctrina y los principios del Doctor
Angélico, que han de seguir religiosamente. “Philosophiae
rationalis ac Theologiae studia et alumnorumin his disciplinis institutionem
professores omnino pertractem,ad agelici Dostores rationem, doctrinam atque
pricipia, eaque sancte teneant.” (Codigo, can. 1366, párrafo 2º).
Bien claros aparecen
los tres puntos: el método, rationem;
la doctrina en sí, doctrinam; los
principios que han de guiar a maestros y discípulos, principia. El ea sancte
teneant, “sígase religiosamente”, no puede llamarse un buen consejo, sino
verdadero mandato.”
(Del Prólogo del libro
“LAS VEINTICUATRO TESIS TOMISTAS”, por el Rdo. P. Eduardo Hugon, O. P. Editorial
Poblet, Buenos Aires, 1946).